
La situación procesal de Cathy Barriga, exalcaldesa de Maipú, ha mantenido en vilo a la opinión pública. Mientras la justicia prepara el caso en su contra por fraude al fisco y falsificación de instrumento público, Barriga ha hecho titulares por sus frecuentes entradas y salidas de la cárcel, reformalizaciones y cambios en las medidas cautelares.
Pero más allá del espectáculo mediático, este caso ofrece una oportunidad clave para entender cómo funciona el sistema penal chileno y, en particular, el uso —y revisión— de la prisión preventiva.
Según la abogada penalista y académica UNIACC, Doris Espinoza Torres, la prisión preventiva no es una sanción anticipada, sino una medida cautelar que debe cumplir con requisitos muy específicos. Estos son: que existan antecedentes del delito, que haya presunción fundada de participación del imputado, y que la medida sea indispensable para el proceso. En el caso de Barriga, los dos primeros requisitos han sido, en general, considerados como acreditados por los tribunales. La discusión se ha centrado en el tercero: ¿es realmente necesaria la prisión preventiva?
"La ley orienta a los jueces para esta evaluación", señala Espinoza. Los factores clave son la gravedad de los hechos imputados, el número de delitos y las penas asociadas.
"Al parecer, estos elementos se configuran en este caso: se trata de delitos múltiples, de alta connotación pública y con penas privativas de libertad elevadas, lo que ha llevado a algunos magistrados a estimar que la prisión preventiva es proporcional y necesaria, mientras que otros han considerado —en ciertos momentos— que bastaría con medidas cautelares menos intensas", consigna la especialista en Litigación Penal.
¿Medida necesaria o castigo anticipado?
En ese sentido, la reformalización agendada para el 15 de abril podría ser un punto de inflexión. En esa audiencia, el Ministerio Público sumará los delitos de malversación de caudales públicos y negociación incompatible. Esto probablemente elevará el riesgo procesal y reforzará la tesis de mantener a Barriga en prisión preventiva.
Para Espinoza, este no es un debate entre culpabilidad o inocencia, sino entre la necesidad y proporcionalidad de la prisión preventiva. "El caso de Cathy Barriga nos recuerda que los tribunales deben equilibrar el interés público con los derechos fundamentales del imputado, y que la ley les permite —e incluso les exige— revisar y ajustar sus decisiones conforme avanzan las investigaciones", señala la abogada.
El desafío, concluye Espinoza, es que estas decisiones sigan guiadas por la evidencia jurídica y no por la presión mediática. "Lo importante es que esta revisión constante siga siendo guiada por la evidencia jurídica y no por las pulsiones mediáticas. Y que el sistema mantenga su vocación de justicia: ni punitivismo anticipado, ni impunidad encubierta", concluye.