
El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) anunció que tomará medidas contra Fenix Entertainment, productora responsable de los conciertos de Shakira en Chile, tras la abrupta cancelación de los espectáculos programados en el país.
La noticia generó indignación entre los fans, muchos de los cuales viajaron desde distintas regiones e incluso desde el extranjero para asistir al evento. La suspensión de los shows se realizó unas pocas horas antes de su inicio, y varios fanáticos ya se encontraban en el Estadio Nacional.
A través de sus redes sociales, la artista colombiana expresó su tristeza por la situación. "Tengo el corazón partido en mil pedazos por no poder cantar para ustedes hoy por motivos más allá de mi control", escribió. Asimismo, aseguró que regresará pronto y que ella misma se encargará de supervisar cada detalle para garantizar que su show se lleve a cabo sin inconvenientes.
Sernac cuestiona explicaciones de la productora
El subdirector del Sernac, Edison Orellana, declaró en una entrevista con 24 Horas que lo ocurrido generó molestia en el organismo. "La suspensión de este concierto nos sorprende e indigna como Sernac en cuanto ha afectado no solo a asistentes de la región Metropolitana, también de otras regiones, incluso de personas que vinieron desde el extranjero a asistir a este concierto", enfatizó.
Además, Orellana señaló que las explicaciones dadas por la productora son "insuficientes e inoportunas". Por lo mismo, recalcó que los consumidores tienen el derecho de presentar sus reclamos si consideran que las soluciones ofrecidas no son satisfactorias.
"Presentar un reclamo es un derecho de los consumidores. Evidentemente ya no están obligados a hacerlo, pero si ellos sienten que la solución que la productora les ofrece no es suficiente, están en todo su derecho de presentar su reclamo ante el Servicio Nacional del Consumidor a efectos de que quien sea responsable por este incumplimiento contractual grave".
Posibles acciones legales
El Sernac no descarta ninguna acción legal contra la productora y la ticketera involucrada, incluyendo una demanda colectiva. Sin embargo, también se considera un procedimiento voluntario colectivo, que podría acelerar la resolución del conflicto si las empresas acceden a negociar.
Finalmente, Orellana recalcó que la devolución del valor de las entradas es solo el mínimo exigible, ya que este no es un caso de fuerza mayor. Por el contrario, se trata de un incumplimiento grave del contrato con los consumidores. Por lo tanto, se podrían exigir compensaciones adicionales a los afectados.
"La restitución del valor de las entradas es apenas un mínimo. Evidentemente se requiere más que eso, porque estamos ante un incumplimiento imputable que es grave, por cierto, respecto del contrato que han celebrado en este caso los consumidores para asistir a este concierto", concluyó.