A partir de este viernes 10 de noviembre, entra en vigencia la ley N° 21.601 que permite a Carabineros retirar autos en ciertas circunstancias. Te contamos lo que debes saber sobre esta normativa y si incluye el polémico grabado de patentes.
Desde el 10 de noviembre, una nueva norma de la Ley de Tránsito en Chile, la ley N° 21.601, entrará en acción.
Esta norma otorga a Carabineros la autoridad para retirar vehículos de circulación en situaciones específicas, con el propósito de prevenir y obstaculizar la comercialización de vehículos robados o sus partes.
Nueva normativa y sus condiciones
A partir de esta fecha, Carabineros tendrá la facultad de retirar vehículos y motocicletas de circulación en las siguientes circunstancias:
- Sin permiso de circulación vigente.
- Sin certificado vigente del seguro obligatorio (SOAP).
- Sin revisión técnica o de homologación.
- Con placa patente en mal estado u oculta.
- Contar con el número de identificación del vehículo (VIN) o motor adulterado o borrado.
Es importante destacar que, aunque ambas normativas pertenecen a la Ley N° 21.601, la entrada en vigencia de esta nueva norma no coincide con la regulación del grabado de patentes, una medida que ha generado controversia.
Aquí están los plazos específicos para la ley de grabado de patente:
- Para vehículos nuevos, comenzará a regir cuatro meses después de la publicación del reglamento correspondiente, y será responsabilidad de las automotoras grabar la patente.
- En el caso de vehículos usados, la ley entrará en vigencia doce meses después de su publicación, es decir, no antes de septiembre de 2024.
Multas y sanciones
Además de las nuevas normas, se han establecido sanciones más severas para aquellos que compren un vehículo y no soliciten su inscripción en el Registro Civil dentro de los 30 días posteriores a la compra.
Lo mismo aplica para quienes proporcionen una dirección falsa o inexistente al momento de la compra, según recoge ADN.cl.
Las multas para ambos casos han aumentado significativamente, pasando de 3 a 50 UTM y de 5 a 75 UTM.
Cuando entre en vigor la ley de grabado de patentes, los propietarios de vehículos que no realicen este trámite en sus vidrios y espejos laterales se expondrán a multas que oscilan entre 1 y 1,5 UTM, es decir, desde $63,960 hasta $95,940 a noviembre de 2023.
Esta medida busca regular la identificación de vehículos y prevenir el robo y la comercialización de vehículos robados en el país.