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Fin de la alerta sanitaria: ¿Qué cambia con el término de esta medida?

A partir del próximo 1 de septiembre el Ministerio de Salud anunció el término de la alerta sanitaria, que lleva más de 1.000 días vigente.

Alerta Sanitaria
Agencia UNO

El Ministerio de Salud anunció que, a partir de este 1 de septiembre, la alerta sanitaria por COVID-19 en Chile no se renovará. La medida se da a raíz del positivo escenario que registró la cartera de salud.

Recordemos que la última extensión de la alerta sanitaria fue en marzo de 2023. En ese entonces, se determinó la prórroga para el resguardo en el caso de COVID-19 y otras enfermedades respiratorias.

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El mecanismo fue decretado por primera vez en febrero de 2020, durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera y la gestión de Jaime Mañalich como ministro de Salud.

En total, la alerta sanitaria duró un total de 1.301 días, donde se establecieron una serie de medidas. Entre ellas, se otorga facultades extraordinarias a las subsecretarías de Salud Pública y Redes Asistenciales, el Instituto de Salud Pública, Cenabast, entre otros órganos.

Inicialmente la medida fue anunciada para durar hasta marzo de 2020. Sin embargo, el aumento de los contagios por COVID-19 y el estrés en la capacidad de respuesta de los servicios de salud provocaron que se extendiera hasta este 31 de agosto de 2023.

¿Qué significa el fin de esta medida?

A partir de mañana, con el cambio y fin de la alerta sanitaria, una serie de medidas excepcionales concluyen. Entre ellas, se libera el uso obligatorio de la mascarilla. Así, su uso pasa a ser solo una recomendación y se libera la obligación en colegios y recintos de salud.

Por otro lado, un aspecto incierto tiene que ver con el teletrabajo. Este punto, por la alerta sanitaria se habilitó como derecho tanto en el sector público y privado, sin disminuir las remuneraciones.

Lo anterior implicaba que los trabajadores podían exigir teletrabajo o trabajo a distancia en caso de tener a su cuidado a menores de 18 años, adultos mayores de 60 años o más o personas en situación de discapacidad. La medida también se extendía a mujeres embarazadas

Respecto al teletrabajo y las modalidades a distancia, el fin de la alerta sanitaria solo implica que dependerá de cada empleador o empresa.

La subsecretaria de Salud Pública, Andrea Albagli, explicó que "el poder practicar teletrabajo se regirá por otras normativas: en el caso de los funcionarios públicos, estarán sujetos a lo que establece la Ley de Presupuestos 2023". Dicha ley " permite que un porcentaje de las personas que trabajan en instituciones públicas pueda acogerse a teletrabajo, con un máximo del 20%”.

Desde la Dirección del Trabajo, por su parte, apuntan a que, si el teletrabajo fue acordado después del inicio de la relación laboral "cualquiera de las partes podrá unilateralmente volver a las condiciones originalmente pactadas en el contrato de trabajo, previo aviso por escrito a la otra con una anticipación mínima de treinta días".


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