Desde el sábado 13 de agosto están disponibles los locales de votación, mesa electoral y si es que eres o no Vocal de Mesa. Si no lo has revisado, puedes hacerlo en el siguiente link.
¿Qué hacer si estoy seleccionado?
Cabe destacar que estas votaciones del 4 de septiembre son de carácter obligatorio. Esto quiere decir que todas las personas mayores de 18 años deberán votar si es que aprueban o rechazan la nueva propuesta de Constitución.
Dicho esto, quienes sean seleccionados como Vocales de Mesa también deberán cumplir obligatoriamente su labor. De lo contrario, incurrirán en una infracción electoral que es sancionada con una multa a beneficio municipal. Esta va de 2 a 8 UTM ($116 mil y $465 mil apróx). Una cifra no menor.
Sin embargo, existen algunas causales de excusa que permiten a a ciertas personas eximirse de su rol de vocal de mesa. Estas se debe presentar durante un plazo de tres días, desde el 16 al 18 de agosto, ante las Juntas Electorales. De esa forma, el 20 de agosto se dará a conocer la lista definitiva.
¿Cuáles son las causales para excusarse?
- Estar comprendido entre las causales de inhabilidad del artículo 45 de la Ley 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
- No estar en el país o estar radicado en alguna localidad distante a más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas.
- Tener que desempeñar otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios.
- Tener más de 60 años.
- Estar física o mentalmente imposibilitado.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios.
- Personas gestantes durante todo el período de embarazo.
- Padre o madre de un hijo o hija menor de dos años que no pueda quedar al cuidado de ninguno de los dos.
- Cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades y las que se desempeñen en los ELAM.