Esta es la última semana antes del Plebiscito del domingo 4 de septiembre. Frente a eso, surgen varias dudas frente a una votación que tiene reglas diferentes a las anteriores. Y es que estas nuevas elecciones son de carácter obligatorio. Esto significa que todas las personas mayores de 18 años tienen la obligación de votar, de lo contrario, arriesgan altas multas. Pese a esto, existen ciertas razones para excusarse de la votación.
¿De cuánto es la multa del Plebiscito?
Los más de 15 millones de electores habilitados a nivel nacional deberán acudir a las urnas, y si no lo hacen, enfrentan multas que van desde media hasta tres UTM ($29.386 a $176.313) a beneficio municipal. El monto se tendrá que pagar ante el respectivo Juzgado de Policía Local en relación a la votación del Plebiscito de Salida.
Ahora, si bien el voto es obligatorio, existen algunos motivos válidos por los cuáles las personas podrán excusarse y que siendo probados podrán anular la multa. Estos son en casos de enfermedad, de ausencia del país o estar a más de 200 km del domicilio electoral.
Para este último caso, la persona tendrá el deber de notificar a Carabineros sobre su situación durante el mismo día del plebiscito. De este modo, se le entregará una constancia que posteriormente deberá presentar al juez en el Juzgado de Policía Local.
Ahora bien, si aún así decides no ir a votar, serás citado ante el juzgado, donde podrás presentar tu excusa. Sólo en el caso de un juez considere tu excusa de carácter "grave" quedarás exento de la deuda.
¿Se puede votar con el carnet vencido?
Cabe recordar que en este Plebiscito Constitucional se podrá votar con el carnet o el pasaporte vencidos desde el 1 de octubre de 2019. Por otro lado, las fotocopias o comprobantes de renovación o reimpresión no serán aceptados.
Recuerda que en esta recta final es importante estar informados, por eso puedes descargar la propuesta de nueva Constitución acá.