Buscando contrarrestar las crecientes cifras de accidentes ocasionados por conducir manipulando un celular, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó la semana pasada una propuesta que eleva la sanción aplicable a esta infracción.
Por efecto de ello, la norma quedó en posibilidad de pasar ahora al Ejecutivo para su promulgación como ley de la República.
La iniciativa tuvo su origen en cuatro mociones que fueron abordadas en un único proyecto. Dicho texto se despachó desde la Cámara el 13 de marzo de 2019 y ahora se retomó a la luz de las enmiendas propuestas por el Senado. Estas, en lo fundamental, respetaron el criterio original y efectuaron cambios solo en parte de la redacción.
Multas
En concreto, se modifica la Ley de Tránsito trasladando la infracción desde el marco de faltas graves a las gravísimas. Como consecuencia de esto, los infractores verán subir el monto de la multa que, actualmente, es de hasta 1,5. De tal modo, la nueva sanción podrá ser de entre 1,5 a 3 UTM. Además, estarán afectos a la suspensión de la licencia de conducir.
Adicionalmente, se redefine la falta en sí. En dicha línea, será considerado una infracción gravísima o contravención “conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en el mismo”.
¡Olvídate del chat al conducir!
Presta atención a la condiciones en la ruta y no seas parte de un siniestro vial.
Un consejo de la Escuela de Educación de Tránsito de Carabineros.#LaPrevenciónEsNuestraEsencia pic.twitter.com/AruE2naf6b— Carabineros Tránsito (@CarabTransito) September 29, 2021
Se exceptúa de lo anterior, si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres. Para este efecto, se deberá regir a lo que especifique el reglamento respectivo.
Finalmente, como parte de la adecuación normativa indicada, se elimina la mención de esta falta en las sanciones graves.