Este miércoles 1 de abril comenzó la Operación Renta 2020, con un gran cambio: se adelantó la devolución por a la crisis sanitaria que se vive por el coronavirus Covid-19.
Este año, para los contribuyentes de la primera categoría de la Ley de la Renta la obligación en su presentación estará cumplida. El SII propondrá automáticamente un formulario, el que debe ser revisado y modificado solo si corresponde.
Los independientes y pymes que hagan su declaración hasta el 10 de abril, recibirán una transferencia bancaria este 21 de abril, y en cheque, el 24 de abril.
Revisa aquí el calendario completo:
Cabe recordar que ahora quienes realicen boletas de honorarios también tienen que cotizar. Puedes optar entra la cobertura total o parcial.
Haz clic aquí para realizar tu declaración.
No tienes la obligación de cotizar si:
- Eres mujer de 50 años o más u hombre de 55 años o más.
- Tuviste honorarios inferiores a $1.440.000.
- Tienes rentas como trabajador dependiente y ya cotizas mensualmente por el tope imponible, correspondiente a 25.900.816 (78,3 UF).
- Estás afiliado/a a Capredena, Dipreca o IPS
- Estás pensionado/a por vejez, vejez anticipada o invalidez total
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