Este viernes 27 de diciembre entró en vigencia la ley de identidad de género, que permitirá el cambio legal de nombre y sexo desde los 14 años.
De acuerdo con la normativa, los mayores de edad podrán realizar el trámite acudiendo a una oficina del Registro Civil. La persona deberá presentar dos testigos, quienes declararán que esta conoce los efectos legales de la modificación. El Registro Civil acogerá, rechazará o declarará inadmisible la petición, dependiendo de cada situación.
Los menores de edad, en tanto, deberán presentar un requerimiento en un tribunal de familia y contar con la autorización de, al menos, uno de sus padres o representantes legales.
De acuerdo con la ley, la rectificación no afecta el número del RUT, la titularidad de los derechos y obligaciones patrimoniales del solicitante, ni los provenientes de las relaciones del derecho de familia. Una vez que sean emitidos los nuevos documentos de identidad y viaje, no podrán ser empleados bajo ninguna circunstancia los anteriores.