Las relaciones entre el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema están bastante tensas por estos días. Ello, debido a la “contienda de competencias”, originada por un fallo de la tercera sala del máximo tribunal.
Éste plantea que la Suprema tiene la facultad de revisar los fallos que emita el TC cuando se ven vulnerados derechos fundamentales.
Sin embargo, la decana de la facultad de ciencias jurídicas y sociales de la Universidad Pedro de Valdivia y doctora en derecho constitucional, Carmen Parra, clarificó que “el artículo 94 de la Constitución dice con todas sus letras que, respecto de las resoluciones del Tribunal Constitucional, no cabe ninguna otra revisión”.
La experta acotó que esto “puede gustarnos o no”, mas así son las reglas. De todos modos, ello no impide una reforma al TC.
De hecho, estima que el organismo "tiene ciertas imprecisiones en sus atribuciones y en la manera de elegir a sus integrantes"; además, "no es el único mecanismo en el mundo para revisar la constitucionalidad de las leyes".
Ahora, sobre el otro lado de la balanza, profundizó en algunas discrepancias entre el presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito, y el titular de la tercera sala, Sergio Muñoz. Para este último, no hay problema en que el máximo tribunal revise algunas resoluciones del TC.
Parra sostuvo que “hoy día lo que vemos es un activismo judicial –así se ha dicho en términos generales-, a un juez mucho más protagonista, que quiere tener una intención más y de querer ir un poco más allá”.
En términos figurativos, es “una suerte de Robin Hood, una adalid de la justicia en términos de lo que el ciudadano espera”.