por Ramón Pozo
En España hay conmoción por el caso de un joven que defendió a una mujer de un asalto, y que terminó con una condena de 2 años de cárcel.
Ello porque este guardia de seguridad se encontró con una pareja que agredía en el piso a la víctima para robarle la cartera. Él intervino, le dio dos combos al ladrón, quien cayó mal y falleció.
Así, surgen dudas sobre cuándo conviene intervenir en un asunto como éste, o bien por los límites de actuar en defensa propia.
Leonardo Moreno, abogado y director del Departamento de Derecho Procesal Penal de la universidad Alberto Hurtado, dijo que si un caso similar ocurriera en Chile, el resultado no es del todo claro.
Alertó que no se puede prever cuáles son "los resultados de esa protección" a un tercero. Así, si con golpes menores mato a un delincuente, "podría significarme consecuencias penales".
De este modo, hay ocasiones en que "quien defiende (a otra persona) tiene que probar que cumple" con lo que exige la ley en legítima defensa "para poder alegarla".
Sin embargo, la situación es distinta si alguien ingresa a un hogar. En ese contexto, cae en el intruso el peso de la entrega de pruebas. "Usted puede reaccionar, defenderse y se presume que usted actúa en legítima defensa", esgrimió el profesional.
Por último, se refirió a casos de mujeres que "están siendo objeto de una agresión habitual y permanente". Ellas "podrían repeler una agresión incluso antes que se produzca".
No obstante, advirtió que "no hay una jurisprudencia uniforme" en asuntos de este tipo, por lo que las consecuencias no son fáciles de pronosticar.