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Conoce cómo aplicará Recoleta su norma contra el acoso callejero

El alcalde de la comuna, Daniel Jadue, explicó que las denuncias se harán ante Carabineros y será el juzgado de Policía Local el que aplicará las multas.

javier valladares |

El concejo municipal de Recoleta aprobó el 17 de abril la primera ordenanza municipal de Chile que castiga el acoso callejero, luego que se conociera que el 85% de las mujeres ha sufrido violencia de esta índole, según el Observatorio Contra el Acoso Callejero. El alcalde de la comuna, Daniel Jadue, explicó en qué consiste esta norma que está regulada y será fiscalizada.

Jadue dijo al diario La Hora que "rige para todo el espacio público de Recoleta, ya sea para cualquiera que lo visite o habite en él. Los que vienen a carretear a Bellavista, por ejemplo, si acosan a alguien serán sujetos totalmente denunciables y que pueden ser multados”.

Lo que mide este decreto municipal es la gravedad de estas ofensas, donde tendrán distintas penas. Por ejemplo, los silbidos o comentarios insidiosos serán castigados con hasta $85 mil. En el caso de que el acosador grabe imágenes sin el consentimiento de la otra persona, la sanción partirá en $142 mil. En tanto, los dos niveles más graves, que abarcan desde el exhibicionismo y los abordajes intimidantes, hasta las tocaciones, significarán un castigo que tendrá como techo los $236 mil.

La autoridad municipal aseguró que “como cualquier ley, la denuncia se realizará ante Carabineros” y las sanciones serán dictadas por el Juzgado de Policía Local y que la municipalidad se encargará del cobro de la multa.

Además, agregó que “es de especial importancia el volumen probatorio, que tiene que ver con testigos, pero además con posibles grabaciones de cámaras de seguridad y celulares. Cualquiera de estas evidencias están a la orden del día y van a invitar a los vecinos a fiscalizar y registrar a los acosadores” para poder sancionarlos.

Al darse los primeros acosos desde temprana edad, la comuna estipuló tres agravantes: ultrajar a menores de edad o adultos mayores, a discapacitados y abordar a personas alcoholizadas o previamente drogadas. En esos casos, y aún cuando el acosador no recurra al contacto físico, se aplicará el piso máximo de penalización (5 UTM).

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