Básicamente, se debe definir si la falta de suministro se produjo por hechos de fuerza mayor relacionados con la fuerza de la naturaleza, o bien si las empresas pudieron prever esos escenarios y actuar de modo preventivo. De ser este último el caso, cada compañía “tiene que responder ante los consumidores por los daños que se han provocado”, sostuvo el experto.